San José (Redacción). La Sala IV rechazó un recurso de amparo
contra el monto de la multa por conducir sin contar con licencia,
interpuesto por un ciudadano multado en esas circunstancias.
A diferencia de sus últimas resoluciones
con relación a los montos de las multas de tránsito, que en muchos casos ha
declarado "desproporcionadas", la Sala Constitucional declaró sin
lugar el recurso, manteniéndose el cobro actual de la infracción para quienes
sean sorprendidos tras el volante, sin haber obtenido aún el permiso que los
faculte para ello.
“Quién conduce un vehículo sin haber obtenido la licencia de
conducir o el permiso temporal incurre en un falta muy grave a nuestro
ordenamiento jurídico, pues no se encuentra capacitado para ello, poniendo
incluso en riesgo no solo su vida sino la de otras personas inocentes”, señala
el fallo, divulgado esta mañana.
Ser sorprendido conduciendo sin licencia implica el pago de una
multa de ¢460.780, correspondiente a “un salario base mensual de
“Auxiliar administrativo 1” que aparece en la relación de puestos del Poder
Judicial”, según el artículo 130, inciso b) de la ley y el 30% que se traslada
al Patronato Nacional de la Infancia.
Me parece muy justo por parte de la sala cuarta apelar este
recurso de amparo ya que en muchas ocasiones personas irresponsables como este
ciudadano creen que pueden simplemente pasarle por encima a la ley y si son
castigados se protegen poniendo una denuncia la cual por lo general se les
otorga la denuncia a favor. Ojala y las leyes se aclaren y mejoren de manera
que deje de pasar este tipo de situaciones en las cuales muchos se salvan
injustamente.
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